Composición de las comisiones especiales

Composición de las comisiones especiales

Este set de datos describe la composición de las Comisiones Especiales de la Legislatura de la Provincia de Córdoba conformadas y los Legisladores que las integran, actualizado de acuerdo a las modificaciones más recientes que se produjeron. Punto de referencia: “Fecha de última actualización”. Según el artículo 79 del Reglamento Interno, estas comisiones son aquellas que la Cámara constituye (o autoriza al Presidente a constituir) en los casos que estime conveniente y en aquellos que no estuviesen previstos en este Reglamento, para aconsejar sobre asuntos específicos.

Composición de las Comisiones Especiales

6 marzo, 2025

Metadatos

Tema: Comisiones
Frecuencia de actualización: Cuando se registren cambios en la conformación de las comisiones especiales.
Fuente de datos: Secretaría de Comisiones de la Legislatura de la Provincia de Córdoba.
Variables incluidas: id_comisión; comisión_nombre; tipo; apellido; nombre; masculino; femenino; dni; bloque; cargo
Licencia: Creative Commons Attribution 4.0
Creador: Secretaría General – Dirección de Gestión de Datos Legislativos.
Mantenedor: Secretaría General – Dirección de Gestión de Datos Legislativos.
Fecha de publicación: Noviembre de 2020
Fecha de última actualización: 6 de Marzo de 2025
id_comisión: es un identificador único para cada comisión.
comisión_nombre: refiere a la denominación de cada comisión especial.
tipo: define el tipo de Comisión. Las comisiones pueden ser permanentes o especiales. En este set de datos se detallan solo las Comisiones Especiales (artículo 79 del Reglamento Interno).
apellido: apellido de cada integrante de las comisiones.
nombre: nombre de cada integrante de las comisiones.
masculino: variable dummy que registra 0 (cero) si no es masculino y 1 (uno) si es masculino.
femenino: variable dummy que registra 0 (cero) si no es femenino y 1 (uno) si es femenino.
dni: Documento Nacional de Identidad de cada Legislador.
bloque: refiere al nombre del bloque político de cada legislador. El bloque es el grupo de tres (3) o más Legisladores que se organizan conjuntamente de acuerdo a sus afinidades políticas. Cuando un partido político o alianza electoral existente con anterioridad a la elección de Legisladores tenga sólo un representante en la Legislatura, podrá asimismo actuar como bloque.
cargo: refiere al cargo de cada Legislador en cada comisión. Estos pueden ser: Presidente, Vicepresidente, Vicepresidente Primero, Legislador Titular, Legislador Suplente o Vocal del Tribunal Superior de Justicia (en el caso del Jurado de Enjuiciamiento, que es una comisión interpoderes).